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Investments

Publicado el 09 de january 2020

Conoce nuestro capítulo de la política de Inversión Responsable

política de Inversión Responsable

En SURA IM enmarcamos el desarrollo sostenible bajo una mirada de largo plazo, que considera tanto aspectos financieros como ambientales, sociales y de gobierno corporativo; de tal manera que puedan preverse y gestionarse los riesgos y oportunidades que inciden en el cumplimiento de nuestro deber fiduciario.

Como parte de una organización multi-latina, desde cada una de las compañías que conforman a SURA Investment Management, tenemos la responsabilidad de cuidar la confianza depositada por nuestros clientes, dando cumplimiento a la promesa de valor al buscar la rentabilidad de sus recursos, en un contexto de sostenibilidad y cuidado de nuestros grupos de interés. En este aspecto, conscientes de la existencia de desafíos propios de los procesos y estilo de inversión que conllevan las diferentes clases de activo y negocios, desde SURA IM nos comprometemos a incorporar criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo (“ASG”) en la revisión de oportunidades de inversión, conectándonos con los lineamientos de la Política Marco de Inversión Responsable de Grupo Empresarial SURA (“Grupo SURA”) y el marco estratégico de sostenibilidad de SURA Asset Management (“SURA AM”), siempre que la naturaleza del negocio y el mercado así lo permitan.

Alcance

El presente Capítulo será aplicable a los procesos de inversión de SURA IM como una guía para la implementación de criterios ASG en la gestión de sus portafolios de inversión en activos tradicionales y alternativos (sujeto a la política de inversión aplicable). No obstante lo anterior, en los casos cuando los lineamientos aquí expuestos se encuentren en conflicto con las directrices de inversión establecidas en su respectivo mandato y/o vehículo de inversión, éstas prevalecerán sobre lo establecido en el presente documento.

Así mismo, se establece que para el caso de los activos subyacentes de los fondos y mandatos inversión en activos alternativos, se propenderá por aplicar los mismos parámetros del presente Capítulo a las Contrapartes (según se define más adelante) con las cuales se realice un contrato o acuerdo para el desarrollo de proyectos (e.g. constructores, proveedores de servicios de ingeniería, entre otros).

Para efectos del presente Capítulo, se entiende como “Contraparte” a cualquier entidad con la que se realice operaciones de compra o venta de activos o proyectos. Igualmente, se consideran Contrapartes a las entidades proveedoras de servicios estratégicos para los activos o proyectos que hagan parte de los fondos y/o mandatos de activos alternativos, tales como:

  • Servicios de construcción o gerencia de proyectos;
  • Servicios de ingeniería y diseño;
  • Servicios legales;
  • Servicios de administración de inmuebles; Establecimientos de crédito; y Bancos de inversión & consultorías.

En el caso de que alguna disposición normativa de cumplimiento obligatorio establezca u ordene términos más gravosos o restrictivos a los aquí establecidos, dichas disposiciones normativas prevalecerán.

Exclusiones y controversias

Cuando se trate de inversiones de los portafolios administrados por SURA IM en las que directamente se tiene la facultad de decidir sobre su participación, se excluirán los sectores, actividades o inversiones que se considere que no están acorde con la Política Marco de Inversión Responsable de Grupo SURA, los contenidos de este Capítulo, o los principios éticos de Grupo SURA y sus filiales y, en su caso, la normativa de cumplimiento obligatorio en la jurisdicción que corresponda.

Se consideran inversiones sobre las que directamente se tiene facultad de decidir sobre la participación, todas aquellas en las que la decisión de invertir está a cargo de los equipos y órganos propios de gobierno en SURA IM y filiales; se excluyen de esta categoría las inversiones que deban realizarse por mandato regulatorio, orden directa del dueño de los activos en el caso de mandatos, requerimientos de indexación (de acuerdo con el índice benchmark y/o el posicionamiento del peer-group definido para la medición de desempeño de cada portafolio) o condiciones de liquidez de los mercados.

Con el fin de determinar las exclusiones y controversias en las inversiones, se deberá clasificar la exposición a cada sector o práctica controversial, de acuerdo con la información publicada por las entidades, el diálogo con su administración, o la información recopilada desde distintos grupos de interés. Se considera que los ingresos de una entidad están relacionados con una actividad o sector cuando ésta tiene capacidad de decidir sobre tal participación, distinguiéndose las siguientes categorías:

  • Jugador puro Ingresos iguales o superiores al 80%.
  • Alta exposición Ingresos iguales o superiores al 50% y menores al 80%.
  • Tendencia Ingresos iguales o superiores al 10% y menores al 50%.
  • Baja exposición Ingresos menores al 10%

Se considerarán como inversiones no admisibles las relacionadas en la siguiente lista:

  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de producción y/o comercialización de pornografía.
  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de siembra, producción, manufactura y/o comercialización de tabaco.
  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de producción y/o comercialización de armamento controversial (armamento de racimo, armas nucleares, minas antipersona, armas químicas, armas biológicas, bombas incendiarias, municiones de uranio empobrecido).
  • El negocio de producción y/o comercialización de cualquier producto o actividad considerada ilegal o ilícita bajo las leyes aplicables.
  • Deuda soberana emitida por países gobernados por dictaduras o Gobiernos cuestionados por violación de derechos humanos o civiles. En el Anexo 01 – “Listado de países restringidos” – se encuentra el detalle de aquellos países en los que SURA IM se abstendrá de realizar algún tipo de inversión. El equipo corporativo de riesgos de inversiones de SURA AM será el encargado de actualizar el listado al menos dos (2) veces por año. Entre tanto, se considerarán como controversias, todas las inversiones que se relacionen con alguna de las siguientes actividades o sectores:
  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de juegos de azar.
  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de producción y/o comercialización de bebidas alcohólicas destiladas.
  • “Jugadores puros”, con “Alta exposición” o “Tendencia” al negocio de extracción o venta de carbón; o que desarrollen actividades de generación de energía basadas en quema de carbón.
  • Deuda soberana emitida por países que se encuentren en el Anexo 01 “Listado de países restringidos y controversiales”. El equipo corporativo de riesgos de inversiones de SURA AM será el encargado de actualizar el listado al menos dos (2) veces por año.
  • Emisores y contrapartes de las que se tenga conocimiento hayan recibido una sanción por parte de alguna autoridad competente (en los 3 últimos años, o de las que se tenga evidencia de no haber tenido remediación) o con investigaciones en curso por prácticas relacionadas con:
  • Vulneración de los derechos humanos;
  • Discriminación;
  • Vulneración del derecho a la libre afiliación y negociación colectiva;
  • Trabajo forzoso o realizado bajo coacción;
  • Trabajo infantil;
  • Afectación de la salud pública y/o el bienestar animal;
  • Amenazas a comunidades vulnerables y/o minorías;
  • Contaminación y/o deterioro de ecosistemas;
  • Afectación de los derechos de los accionistas;
  • Falsedad en información pública; y Corrupción, incluyendo la extorsión y el soborno.

El Comité de Riesgos de SURA IM definirá los criterios necesarios, los aspectos que deben ser revisados y la profundidad de los análisis requeridos para que el equipo de Inversiones Tradicionales presente los casos controversial a ser evaluados por el Comité.

Así mismo, será potestad del Comité definir si debe darse un seguimiento especial a las inversiones en sectores o actividades que, sin ser formalmente catalogados como controversias en los términos del presente Capítulo, con frecuencia puedan presentar riesgos relacionados con potenciales incumplimientos de los principios aquí consagrados en cuanto a la observancia de criterios ASG. Dichos sectores y actividades podrán incluir, a manera de ejemplo:

  • Transporte aéreo de pasajeros y de carga;
  • Exploración y producción de minerales básicos y preciosos;
  • Exploración, producción, transporte y refinación de hidrocarburos;
  • Industria petroquímica;
  • Producción de clinker, cemento y concreto;
  • Generación de energía eléctrica con combustibles fósiles diferentes a carbón; y silvicultura y producción de pulpa y papel.

En las inversiones que se realicen en productos gestionados por terceros, las políticas ASG de los managers y los fondos gestionados por éstos serán tomadas en consideración por el equipo de SURA IM, dentro del conjunto de variables analizadas en el proceso de evaluación y selección de como alternativa de inversión. Así mismo, en la gestión de mandatos se aplicará en primer orden lo definido por el mandante, sin perjuicio de la revisión de actividades o sectores mencionados.

Metodologías de análisis

La capacidad de implementar criterios ASG en la toma de decisiones de inversión varía dependiendo de múltiples factores como la clase de activo en que se invierte, el mercado en que se transan los activos, la discrecionalidad en la implementación de las decisiones y el contexto regulatorio. De ese modo, el proceso de inversión de SURA IM incorporará criterios ASG en la revisión de oportunidades de inversión, procurando en todo caso invertir en empresas, proyectos y estructuras que, además de tener retornos potenciales atractivos, incidan de manera positiva en el desarrollo sostenible. La incorporación de criterios ASG podrá apalancarse del acceso a opiniones de un externo con capacidad de juicio en la materia, o en metodologías de diseño interno, que permitan tener un entendimiento razonable de los riesgos y oportunidades que en materia de sostenibilidad representa cada alternativa de inversión (e.g. cambio climático, oportunidades sociales y comportamiento corporativo).

Gobernabilidad

El Comité de Sostenibilidad y Gobierno Corporativo de la Junta Directiva de SURA AM será la instancia en la que se discutirán y darán lineamientos estratégicos y generales frente a la incorporación de criterios ASG a los procesos de inversión de SURA IM, y el encargado de aprobar las modificaciones a este Capítulo. A su vez, el Comité de Riesgos de SURA IM será el órgano responsable de coordinar las resoluciones en temas ASG y solución de controversias para activos tradicionales, atendiendo en todo caso las disposiciones y facultades de las demás instancias de Gobierno que participan del proceso de inversión aplicable.

Respecto a la gestión de activos alternativos se buscará que lo establecido en los reglamentos de inversión de los fondos administrados, en cuanto a las políticas ASG, esté en línea con el presente Capítulo, y será responsabilidad del Comité de Inversiones de cada fondo velar por la correcta implementación y establecer los parámetros para solucionar las controversias y exclusiones. Lo anterior, sin perjuicio de que esto sea informado oportunamente al Comité de Riesgos de SURA IM.

Cada caso de inversión en sectores o actividades controversiales o de exclusión debe ser expuesto, y discutido en el Comité de Riesgos de SURA IM y/o en el Comité de Inversión del respectivo fondo de activos alternativos, cuando aplique, quien podrá dictaminar una de las siguientes acciones:

  • Mantener la inversión;
  • Mantener la inversión, condicionada a acciones de mejora/cambio por parte del emisor y/o Contraparte;
  • Abstenerse de invertir o incrementar exposición; 
  • Llevar a cabo un proceso de desinversión ordenado, siempre que las condiciones de mercado y negocio así lo permitan.
  • Para las inversiones que se mantengan en los portafolios en sectores o actividades controversiales o de exclusión, que se hayan revisado en la instancia correspondiente, se deberá realizar un seguimiento al menos una vez al año.
  • En todo caso, todos los eventos controversiales o de exclusión que se hayan analizado por el Comité de Riesgos de SURA IM o Comité de Inversión de un fondo de activos alternativos, deberán ser documentados e informados por el Comité de Riesgos al equipo de inversiones y riesgos corporativo de SURA AM, así como al equipo de sostenibilidad.

Divulgación

El área de Cumplimiento de SURA IM será el responsable de la administración de esta política y en esa medida gestionará con las áreas involucradas su divulgación y actualización. Además, contará con el apoyo del área de sostenibilidad de SURA AM.